jueves, 3 de mayo de 2018

NORMATIVA EN JORNADA LABORAL





Decreto ley 2663/1950

Ley 789/2002

Ley 1846/2017

Trabajo ordinario: 6:00 am-18:00
Trabajo nocturno: 18:00 a las 6:00 am
Trabajo ordinario: 6:00 am-22:00
Trabajo nocturno: 22:00 a las 6:00 am

Trabajo ordinario: 6:00 am-21:00
Trabajo nocturno: 21:00 a las 6:00 am



En Colombia la jornada laboral está determinada por  la legislación desde el año 1950 con la publicación del Decreto Ley 2663 en la siguiente estructura:

ART 158: La jornada ordinaria de trabajo es aquel que contemplan las partes, o a falta de ella las máxima legal
ART 159: EL trabajo suplementario o de horas extras es aquel que excede de la jornada ordinaria y en todo caso de la máxima legal.
La definición de los horarios de trabajo ordinario y nocturno  ha sido modificada en su Cronología legal. 


En cuanto a la definición de la Duración Máxima Legal tenemos 
Art 20 Ley 50/1990: 8 horas diarias y 48 semanales  en cuales hay unas excepciones
-         -  Labores Peligrosas, ejemplo exposición a Radiaciones, Vapores  etc. las cuales tienen disposiciones especiales según el riesgo.
-        -   Labores de menores de Edad:
Menor entre 12 y 14 años solo podrá trabajar 4 horas diarias y 24 horas semanales
Mayores de 14 y menores de 16 años 6 horas diarias y 36 horas semanales
Menor entre 16 y 18 años 8 horas diarios y 48 semanales.
-          Empleador podrá organizar turnos sucesivos temporal o indefinidamente para dar continuidad a la empresa durante todos los días de la semana  siempre y cuando este turno no exceda de 6 horas diarias y 36 horas semanales, este literal de las excepciones  lo modifico el Art 51 Ley 789/2002.
-  Se podrán acordar que la jornada de 48 horas se realice de forma flexible distribuidas en máximo 6 días a la Semana con un descanso obligatorio que puede coincidir con el Domingo, con un mínimo de 4 y un máximo de 10 sin que este exceda el máximo de 48 a la semana, esto para no dar lugar a recargo por trabajo supletorio, literal modificado por el Art 2 Ley 1846/2017.) 

Trabajos citados
Bogota, A. d. (s.f.). Consulta de la norma. Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104


No hay comentarios:

Publicar un comentario